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| Imagen 01: Victimología. (Valderrama, 2014) |
En primera instancia y según reconoce Rene (s.f), la Victimologia es la disciplina que se encarga u ocupa de los que sufren y lloran a causa de los injusticia que se desarrolla en la sociedad.
Es importante
recordar que en el pasado la víctima tenía un papel secundario, es decir que su
participación era casi nulo en el proceso penal, pues el mayor interés estaba
centrado en el victimario.
Con el
paso de los siglos surge o se empieza el interés hacia el estudio de la víctima
con el objetivo final de curar las lesiones generadas a la víctima e intentar restaurar
la paz del afectado. Y es por ello, que esta ciencia se caracteriza por la
ventaja u oportunidad que brinda al permitir identificar qué mecanismos deben
crearse parra fundamentar y desarrollar un sistema penal protector hacia los Derechos
Humanos.
En la
actualidad la Victimologia se postula y defiende la importancia de dar un
tratamiento a los damnificados. Y se caracteriza por la “ley y el orden”, con
el fin de satisfacer en mayor medida a la víctima que al delincuente.
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| Imagen 02: Justicia Restaurativa. (Resistible, 2019) |
Pero,
¿Cuál
es el futuro de la Victimologia? En resumidas palabras, el fin que
busca esta ciencia es convertirse en una disciplina científica y ser una práctica
humanitaria. En donde la Justicia Restaurativa sea el método de mayor uso.
Cabe
mencionar que la Justicia Restaurativa; también conocida como Justicia Reparativa,
es la herramienta empleada por la justica con el fin de atender las necesidades
de las víctimas y los responsables del delito. Y no acudir al castigo o al cumplimento
de principios legales abstractos. Es por ello, que Mantilla (2015) destaca que
el futuro de la Victimologia es pasar de un idealismo utópico a un Realismo duro.
Para
conocer más a fondo el tema de Justicia Restaurativa, se recomienda el
siguiente video:
Tal y
como se mencionó en las entradas anterior, las necesidades de las víctimas a
veces no son satisfechas durante el proceso penal, lo que hace que sean re-victimizadas
y en muchas ocasiones vuelven a ser traumatizadas. Es por que la justicia reparadora
es parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las
personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de
sanación; en donde cabe mencionar que la mayoría de veces el damnificado no
busca solo ver el castigo de su agresor, sino, que necesitan recuperar el
sentimiento de seguridad, ser escuchadas al contar su historia, empoderarse y
sentir que son respetadas.
Entonces,
el propósito a futuro de esta ciencia, es que no solo tenga un enfoque de la víctima
es buena e inocente y el victimario es malo y culpable. Sino que se le logre
comprender que ambas partes requiere de ayuda y que ambos son víctimas de las
carencias en seguridad y prevención del delito; que enfrenta la sociedad.
Lamentablemente,
aun se cree que la única alternativa para separar a los buenos de los malos, es
enviando a prisión a quienes delinquen. Es pensar que con “quitar” de la
sociedad a los malhechores será suficiente; pero, lo cierto es que esta alternativa
no está dando resultados positivos. Por el contrario, se observan cárceles llenas
e incapaces de brindar un adecuado tratamiento reinserción de quienes ingresan
al sistema penal.
Además,
la sociedad vive rezagada en el pensamiento de que quienes infringen la ley
merecen castigo y exclusión, pero, lo cierto es que son personas que poseen
derechos que le son irrenunciables y quienes cometen un delito únicamente son
privados de la libertad… pero, sus derechos a la salud, a la educación, a una
vida digna, entre otros; son derechos que le pertenecen. Por ello, se denota
que no es solo trabajar con la víctima y el victimario, sino con la sociedad en
general.
Los
derechos fundamentales de las personas privadas de libertad están restringidos
con el objetivo de salvaguardar el orden público y la armonía social. En este
sentido, se trata de proteger al convicto y de que conserve sus derechos
fundamentales con las limitaciones que expresamente consten en la sentencia
condenatoria.
Lo cual
denota que el la Victimología tiene una gran responsabilidad en el futuro, pues
no solo será satisfacer a la víctima, sino, ser capaz de restaurar a aquellos
que han delinquido y logran que estos logren pasar de ser antisociales a
sociales. Y en la medida de lo posible, lograr modificar la visión de la
sociedad hacia quienes han sigo autores de algún delito; pues no es secreto que
la población aun estigma y señala a quienes se han equivocado en su camino.
El fin
de la Victimologia para el futuro, será encargarse completamente de la identificación,
estudio, tratamiento y rehabilitación de las partes afectadas, pero, no solo
desde el campo de la delincuencia, sino ser capaz de trabajar con víctimas de
enfermedades, víctimas de desastres, víctimas de violencia, etc. Y para ello será
necesario que aun en el futuro requiera del apoyo de la Criminología y la Etiología.
Además,
de su principal enfoque en es trabajar en conjunto con la Criminología para
lograr la prevención primaria, secundaria y terciaria del delito. Pues, claro está
que la prevención debe ser considerada como herramienta básica para la
reducción de la criminalidad, la violencia y la inseguridad. La prevención debe
ser tratada por los profesionistas en la materia y en este caso cumplen un
papel esencial los Criminólogos.
En otras
palabras, lo que se espera es “volver a construir a las personas destrozadas
por la barbarie en lo que realmente son: seres humanos dotados de razón y
conciencia” (Hikal, 2009, pág. 5).
Referencias
bibliográficas.
Hikal,
W. (2009) El presente y futuro de la Victimología: ciencia, Filosofía y
prevención. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/340374233_El_presente_y_futuro_de_la_Victimologia_ciencia_Filosofia_y_prevencion
el 13 de febrero del 2021.
Hikal,
W. (2011) El presente y futuro de la Victimología: ciencia, Filosofía y
prevención. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/340374233_El_presente_y_futuro_de_la_Victimologia_ciencia_Filosofia_y_prevencion
el 13 de febrero del 2021.
Justicia
Restaurativa CR. (2018). Justicia Restaurativa en Armonía con la Población
Indígena. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=6X0WUmWDg-Y&feature=emb_logo
el 13 de febrero del 2021.
Mantilla,
S, (2015). La revictimización como causal de silencio de la víctima. Recuperado
de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/La%20revictimizaci%C3%B3n.pdf
el 13 de febrero del 2021.
Valderrama,
D. Victimologia. Recuperado de https://issuu.com/davidgilbertovalderramaperez/docs/victimologia.pptx
el 13 de febrero del 2021.
Rene,
E. (s.f). Orígenes y fundamentos principales de la Victimología. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Origenes%20y%20fundamentos%20de%20la%20victimologia.pdf
el 13 de febrero del 2021.
Resistible.
(2019). Justicia Restaurativa. Recuperado de https://resistibleblog.wordpress.com/2019/04/07/justicia-restaurativa/
el 13 de febrero del 2021.


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