domingo, 14 de febrero de 2021

“CLASIFICACIÓN DOCTRINARIA DE LAS VÍCTIMAS”

 

Imagen 01: Aumenta el 15% cifra de víctima del delito. (Estrada, 2018)

Primeramente, se reconoce a la víctima como aquel sujeto que sufre un daño, sea este por caso fortuito o culpa propia. También, conocida en el Derecho Penal como la persona que sufre un daño provocado por otro sujeto.

Cabe reconoce que ninguna persona está exenta de ser víctima de hecho delictivo y es por ello, que la prevención del delito es una necesidad ante la enfermedad social llamada: delincuencia.

El problema es todavía más complejo si tenemos en cuenta que ser víctima de una forma de violencia aumenta la probabilidad de riesgo de ser víctima de otras formas. Razón por la cual, para tratar el tema de la violencia se requiere de un gran esfuerzo colectivo para concienciar a la sociedad sobre nuevas actitudes y compartimientos y en donde será necesario trabajar a nivel individual, familiar y la comunal.

Ahora bien, es importante reconocer que existe la tipología victimal, la cual corresponde a las clasificaciones que se encargan de estudiar a las víctimas de un delito. Es decir, agrupar a las víctimas son características que permiten diferenciar a los tipos de damnificados que surgen por medio de la criminalidad. Y a partir de ello, desarrollar tratamientos con base a cada perfil.

Entonces, ¿Cuál es la clasificación doctrinaria de las víctimas según grupo? En este caso haremos énfasis en la clasificación desarrollada por Hans Von Hentig, las cuales son:

Imagen 02: Tipología de Víctimas. (Álvarez, s.f)

  • Clases generales: En este grupo ingresa los niños, jóvenes, el anciano, los débiles y enfermos mentales, los inmigrantes, las minorías y los tontos.

Este reconoce que en el caso de los inmigrantes, las minorías y los tontos; estos tienen desventajas sobre el resto de la población lo cual genera que las victimas inmigrantes sean mayor que a las personas nacionalizadas. Es decir, que estos son víctimas de la violencia de género, la cual se reconoce como aquella violencia sea esta física o psicológica que se ejerce contra una persona o grupo por factores como raza, religión, orientación sexual, nacionalidad… 

Por lo que se reconoce que:

El género y la migración son factores de intersección que se afectan mutuamente. La migración puede tener efectos positivos y negativos en las personas migrantes dependiendo de sus características y condiciones individuales. Del mismo modo, el género de un individuo influye en su experiencia de migración, incluyendo los riesgos y vulnerabilidades involucrados en su viaje. (Astles, 2016, párr. 2).

Por lo tanto, es esencial el desarrollo de una gobernanza de la migración basada en los derechos humanos y sensible al género es crucial para reducir la violencia basada en género. Hay que asegurar que la vida de todas las personas migrantes estén protegidas y que tengan acceso a la justicia para reducir sus vulnerabilidades. 

  • Tipos psicológicos de víctimas: En este grupo se localiza el deprimido, el ambicioso, el lascivo, el solitario, el bloqueado y agresivo y el atormentador.

Sin embargo, de acuerdo con Gómez (2011), este autor ya mencionado dividió las víctimas en otros cuatro criterios, nómbrese: 

  • Situaciones de la víctima: Se localiza la victima aislada y la victima por proximidad.
  • Impulsos de la víctima: Se encuentran: víctima con ánimo de lucro, la víctima con ansias de vivir, las agresivas y las víctima sin valor.
  • Víctima con resistencia reducida: Victima perversa, víctima bebedora, la depresiva y la víctima por estados emocionales.
  • Victimas propensas: Se encuentran las víctimas indefensas, víctimas falsas, víctimas hereditarias y la reincidente.

Si desea comprender más a fondo sobre estos tipos de Victimología, se recomienda ingresar a: https://es.slideshare.net/sheick/clasificacion-de-victimas

Entonces, se reconoce que gracias a este tipo de clasificaciones se es posible trabajar de forma más eficiente, pues al tener identificados los perfiles victimales, los profesionales tiene la capacidad de actuar y trabajar de acuerdo a experiencias anteriores.

Determinar qué factores están asociados a los diferentes tipos de victimas puede dar lugar a la elaboración de una serie de estrategias y programas para cambiar estos factores y prevenir o reducir la incidencia de tales delitos.

Algunas medidas que puede ayudar a prevenir y reducir el aumento de víctimas de delitos son: patrullar en lugares o puntos calientes del delito, brindar terapia conductual a las poblaciones de riesgo, incentivar a la población en la importancia de la prevención del delito, desarrollo de Políticas Publicas Criminológicas, etc.

Claro está, que la seguridad es responsabilidad de todos. Cuantos más ciudadanos hagan de las conductas preventivas un hábito, más complicado será delinquir y menor será el riesgo de inseguridad en la vía pública.

En el siguiente video podrá conocer sobre prevención del delito: https://www.youtube.com/watch?v=UWOlvGczJVs&feature=emb_logo

Como ya se ha venido abarcando en las entradas anteriores, es responsabilidad de la Victimologia brindar el apoyo necesario a las víctimas de delitos, para que estas sientan la seguridad y tengan la capacidad de interponer las denuncias y llevar a cabo el proceso correspondiente.

La inseguridad no solamente es tarea de las autoridades, sino también de una comunidad activa. En donde con el trabajo de la autoridad, el Gobiernos y la sociedad se logre gozar de la seguridad ciudadana y la paz social. Razón por la cual la participación comunitaria en la prevención del delito es fundamental, ya que es a  través de esta que se logra fortalecer la seguridad social y se logra reducir el alza de las víctimas de delitos.

Por lo tanto, se reconoce que la seguridad no es un servicio público; es un bien público, y como tal, se necesita que todos los ciudadanos ayuden a cuidarla y trabajen en conjunto contra la delincuencia. Y teniendo siempre presente que en todos los aspectos de la prevención del delito se deben respetar el estado de derecho y los derechos humanos reconocidos en los instrumentos internacionales en los que los Estados Miembros son parte.

Referencias bibliográficas.

Álvarez, C. (s.f). Tipología de Víctimas. Recuperado de https://es.scribd.com/presentation/137997293/Tipologia-de-Victimas el 14 de febrero del 2021.

Astles, J. (2016). ¿Qué hace que las personas migrantes sean vulnerables a la violencia basada en género? Recuperado de https://rosanjose.iom.int/site/es/blog/que-hace-que-las-personas-migrantes-sean-vulnerables-la-violencia-basada-en-genero el 14 de febrero del 2021

Estrada, M. (2018). Aumenta el 15% cifra de víctima del delito. Recuperado de https://sanluis.eluniversal.com.mx/metropoli/01-06-2018/aumenta-15-cifra-de-victimas-del-delito-ceeav el 14 de febrero del 2021.

Gómez, C. (2011). Clasificación de víctimas. Recuperado de https://es.slideshare.net/sheick/clasificacion-de-victimas el 14 de febrero del 2021.

VocesJusticia. (2016). Entrevista a Irvin Waller - Asistencia a las víctimas de Violencia. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=UWOlvGczJVs&feature=emb_logo el 14 de febrero del 2021.


sábado, 13 de febrero de 2021

“EL FUTURO DE LA VICTIMOLOGIA”

Imagen 01: Victimología. (Valderrama, 2014)

En primera instancia y según reconoce Rene (s.f), la Victimologia es la disciplina que se encarga u ocupa de los que sufren y lloran a causa de los injusticia que se desarrolla en la sociedad.

Es importante recordar que en el pasado la víctima tenía un papel secundario, es decir que su participación era casi nulo en el proceso penal, pues el mayor interés estaba centrado en el victimario.

Con el paso de los siglos surge o se empieza el interés hacia el estudio de la víctima con el objetivo final de curar las lesiones generadas a la víctima e intentar restaurar la paz del afectado. Y es por ello, que esta ciencia se caracteriza por la ventaja u oportunidad que brinda al permitir identificar qué mecanismos deben crearse parra fundamentar y desarrollar un sistema penal protector hacia los Derechos Humanos.

En la actualidad la Victimologia se postula y defiende la importancia de dar un tratamiento a los damnificados. Y se caracteriza por la “ley y el orden”, con el fin de satisfacer en mayor medida a la víctima que al delincuente.


Imagen 02: Justicia Restaurativa. (Resistible, 2019)

Pero, ¿Cuál es el futuro de la Victimologia? En resumidas palabras, el fin que busca esta ciencia es convertirse en una disciplina científica y ser una práctica humanitaria. En donde la Justicia Restaurativa sea el método de mayor uso.

Cabe mencionar que la Justicia Restaurativa; también conocida como Justicia Reparativa, es la herramienta empleada por la justica con el fin de atender las necesidades de las víctimas y los responsables del delito. Y no acudir al castigo o al cumplimento de principios legales abstractos. Es por ello, que Mantilla (2015) destaca que el futuro de la Victimologia es pasar de un idealismo utópico a un Realismo duro.

Para conocer más a fondo el tema de Justicia Restaurativa, se recomienda el siguiente video: https://www.youtube.com/watch?v=6X0WUmWDg-Y&feature=emb_logo 

Tal y como se mencionó en las entradas anterior, las necesidades de las víctimas a veces no son satisfechas durante el proceso penal, lo que hace que sean re-victimizadas y en muchas ocasiones vuelven a ser traumatizadas. Es por que la justicia reparadora es parte del proceso de curación de las víctimas, es algo que ayuda a las personas que sufren un trauma tras experimentar el delito en su proceso de sanación; en donde cabe mencionar que la mayoría de veces el damnificado no busca solo ver el castigo de su agresor, sino, que necesitan recuperar el sentimiento de seguridad, ser escuchadas al contar su historia, empoderarse y sentir que son respetadas.

Entonces, el propósito a futuro de esta ciencia, es que no solo tenga un enfoque de la víctima es buena e inocente y el victimario es malo y culpable. Sino que se le logre comprender que ambas partes requiere de ayuda y que ambos son víctimas de las carencias en seguridad y prevención del delito; que enfrenta la sociedad.

Lamentablemente, aun se cree que la única alternativa para separar a los buenos de los malos, es enviando a prisión a quienes delinquen. Es pensar que con “quitar” de la sociedad a los malhechores será suficiente; pero, lo cierto es que esta alternativa no está dando resultados positivos. Por el contrario, se observan cárceles llenas e incapaces de brindar un adecuado tratamiento reinserción de quienes ingresan al sistema penal.

Además, la sociedad vive rezagada en el pensamiento de que quienes infringen la ley merecen castigo y exclusión, pero, lo cierto es que son personas que poseen derechos que le son irrenunciables y quienes cometen un delito únicamente son privados de la libertad… pero, sus derechos a la salud, a la educación, a una vida digna, entre otros; son derechos que le pertenecen. Por ello, se denota que no es solo trabajar con la víctima y el victimario, sino con la sociedad en general.

Los derechos fundamentales de las personas privadas de libertad están restringidos con el objetivo de salvaguardar el orden público y la armonía social. En este sentido, se trata de proteger al convicto y de que conserve sus derechos fundamentales con las limitaciones que expresamente consten en la sentencia condenatoria.

Lo cual denota que el la Victimología tiene una gran responsabilidad en el futuro, pues no solo será satisfacer a la víctima, sino, ser capaz de restaurar a aquellos que han delinquido y logran que estos logren pasar de ser antisociales a sociales. Y en la medida de lo posible, lograr modificar la visión de la sociedad hacia quienes han sigo autores de algún delito; pues no es secreto que la población aun estigma y señala a quienes se han equivocado en su camino.

El fin de la Victimologia para el futuro, será encargarse completamente de la identificación, estudio, tratamiento y rehabilitación de las partes afectadas, pero, no solo desde el campo de la delincuencia, sino ser capaz de trabajar con víctimas de enfermedades, víctimas de desastres, víctimas de violencia, etc. Y para ello será necesario que aun en el futuro requiera del apoyo de la Criminología y la Etiología.

En el siguiente enlace podrá conocer un poco más sobre el pasado, presente y futuro de la Victimologia: https://www.researchgate.net/publication/340374233_El_presente_y_futuro_de_la_Victimologia_ciencia_Filosofia_y_prevencion  

Además, de su principal enfoque en es trabajar en conjunto con la Criminología para lograr la prevención primaria, secundaria y terciaria del delito. Pues, claro está que la prevención debe ser considerada como herramienta básica para la reducción de la criminalidad, la violencia y la inseguridad. La prevención debe ser tratada por los profesionistas en la materia y en este caso cumplen un papel esencial los Criminólogos.

En otras palabras, lo que se espera es “volver a construir a las personas destrozadas por la barbarie en lo que realmente son: seres humanos dotados de razón y conciencia” (Hikal, 2009, pág. 5).

Referencias bibliográficas.

Hikal, W. (2009) El presente y futuro de la Victimología: ciencia, Filosofía y prevención. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/340374233_El_presente_y_futuro_de_la_Victimologia_ciencia_Filosofia_y_prevencion el 13 de febrero del 2021.

Hikal, W. (2011) El presente y futuro de la Victimología: ciencia, Filosofía y prevención. Recuperado de https://www.researchgate.net/publication/340374233_El_presente_y_futuro_de_la_Victimologia_ciencia_Filosofia_y_prevencion el 13 de febrero del 2021.

Justicia Restaurativa CR. (2018). Justicia Restaurativa en Armonía con la Población Indígena. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=6X0WUmWDg-Y&feature=emb_logo el 13 de febrero del 2021.

Mantilla, S, (2015). La revictimización como causal de silencio de la víctima. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/La%20revictimizaci%C3%B3n.pdf el 13 de febrero del 2021.

Valderrama, D. Victimologia. Recuperado de https://issuu.com/davidgilbertovalderramaperez/docs/victimologia.pptx el 13 de febrero del 2021.

Rene, E. (s.f). Orígenes y fundamentos principales de la Victimología. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Origenes%20y%20fundamentos%20de%20la%20victimologia.pdf el 13 de febrero del 2021.

Resistible. (2019). Justicia Restaurativa. Recuperado de https://resistibleblog.wordpress.com/2019/04/07/justicia-restaurativa/ el 13 de febrero del 2021.  


jueves, 11 de febrero de 2021

“EL IMPACTO DE LA REVICTIMIZACIÓN”

Imagen 01: El sistema cuestiona permanentemente a las víctimas de violencia sexual” (Voces Feministas, 2019)

La victimización secundaria o revictimización es en resumen, la serie de efectos que sufre la victima al pasar por el proceso penal. Es decir, los daños e inconvenientes que el ofendido debe de atravesar en el sistema de control formal.

Un ejemplo de esta situación ocurre cuando una mujer acude a la fiscalía a interponer una denuncia por violación sexual y esta le indica al funcionario a cargo,  que dicho acto le sucedió en un bar cerca de su casa; y ante esta declaración el funcionario de justicia le indica que eso le pasa como consecuencia por visitar este tipo a deshoras y sin la compañía de un varón; o por vestir ropa provocativa.

Es en casos como el anterior en donde se observa y se manifiesta la carencia del conocimiento y profesionalismo en el fin que persigue la  Victimología, en donde aún hoy en día la sociedad y el sistema penal sigue justificando el actuar del agresor y culpa a la víctima. Y aunque el ejemplo anterior suene sin sentido y hasta exagerado; lo cierto es que estas acciones son una realidad.

Y prueba de lo anterior, fue lo publicado por el Organismo de Investigación Judicial en el 2017, en donde dicha institución publicó un boletín informativo con el “fin” de brindar pequeños tips para que las mujeres pudiesen evitar ser violadas y en donde una de sus recomendaciones fue “no vestir prendas demasiado sugestivas o provocativas” (El Mundo.com, 2017, párr. 1).

Nota que fue cuestionada tanto a nivel nacional como internacional; pues toda la población y en especial las mujeres pudieron denotar la sociedad machista en la que aún viven países como Costa Rica y la ventaja que se le da al agresor cuando este justifica que cometió un acto porque la parte afectada lo estaba provocando.

Puede conocer más sobre este tema ocurrido en el 2017 en https://www.milenio.com/estilo/error-costa-rica-pide-mujeres-vestir-provocativas-evitar-violaciones

Definitivamente nada puede justificar un acto criminal y el hecho de que haya individuos que puedan llegar a censurar la forma de vestir, comportarse o de relacionarse de personas que han sido víctimas de cualquier tipo de delito es algo totalmente equivocado y perverso.

La violencia es completamente prevenible, pero para hacerlo es necesario conocer cómo empieza, cómo se desarrolla y cómo se perpetúa, para actuar a tiempo. Y sobre todo dejar de justificar que algunas personas se merecen o provocan que se desarrolle un acto delictivo.

Pues claro está, que quienes actúan lo hacen en pleno conocimiento de sus consecuencias, excepto cuando se compruebe que existe una patología en el individuo que le impide la capacidad de pensamiento. De lo contrario, n decisiones que el individuo toma y por lo tanto son completamente pasibles tratarse y hacerse responsables de sus actos.

Imagen 02: Cuáles son los alcances de la Ley de Víctimas. (Voces por la justicia, 2018). 

Prosiguiendo con el tema, es importante reconocer las consecuencias que surgen debido a la revictimización, en donde se puede decir que el impacto afecta a: la víctima, la sociedad y al sistema penal, veamos:

  • Víctima directa: Sentimientos de inseguridad, miedo, enojo y culpabilidad son algunos de los efectos que el afectado puede llegar a experimentar. Así como deterioro psicológico al tener que recordar todo lo ocurrido.

Es por ello, que Mantilla (2015), define la revictimización como la principal causa del silencio de la víctima; quien en muchas ocasiones decide retirar o no interponer las denuncias penales por miedo a la estigmatización.

Por otro lado, cabe reconocer que por lo general aquella persona que ha sido vulnerada por algún delito, tiene escaso o nulo conocimiento de sus derechos, desconoce que tiene asesoramiento legal, apoyo o atención psicológica y social. Por lo que es obligación de las autoridades competentes el emitirle este tipo de conocimiento a la persona afectada y no obviar que lo conoce.

  • Sistema Penal: Tal y como se mencionó anteriormente, cuando las víctimas y la población en general empieza a perder la confianza en las autoridades y deciden no acudir a denunciar los delitos; se genera la caída del principal testigo que tiene el sistema penal, pues este no es capaz de sobrellevar la lucha contra la violencia sino cuenta con la población. Pues es la misma sociedad, la que permite conocer y trabajar en torno a la lucha contra la delincuencia.
  • Sociedad en general: La falta de confianza y la deficiencia del Sistema Penal genera que las familias y la sociedad en general  no puedan gozar de un país justo y equitativ o. Entonces, esta situación impide dimensionar de manera completa la vivencia esencial y la problemática la de violencia social.

De acuerdo con Pérez (2015), algunas formas para evitar la victimización secundaria son:

  • Comprender el sufrimiento de la víctima.
  • Acogerse a las necesidades de la parte agredida.
  • Desarrollar y propiciar la confianza entre autoridad y víctima.
  • Evitar preguntas de forma brusca, hablar despacio y con respeto.
  • No hacer críticas; evitando crear prejuicios.

Para tener una mejor comprensión del tema se recomienda el siguiente video: 

Para poder evitar la revictimización, es necesario que las autoridad de administración de la justicia reconozcan sus responsabilidades y adopten medidas que eviten que esta victimización se siga presentando.

Es necesario el desarrollo de un enfoque de protección de las víctimas que centre sus esfuerzos en entender la situación que vive la víctima, las secuelas de la experiencia y lo re-victimizante que puede ser el tránsito por las instancias policiales y judiciales; para de este modo lograr la construcción de la justicia mucho más eficaz. Pues definitivamente, sin protección de la víctima nunca habrá una persecución eficaz del delito.

Por lo que hay que tener claro que no es una lucha entre víctimas y victimarios, sino que es responsabilidad de las autoridades e instituciones competentes velar por el bienestar de ambas partes. Pues aunque el infractor haya cometido una falla; este posee derechos que le son irrevocables y como defensores de la justicia deben de luchar por que se cumplan a cabalidad.

En fin, la revictimización puede combatirse una vez que se considere primordialmente la condición de la víctima y se le apoye en todo el proceso penal de forma correcta.

Referencias Bibliográficas.

El Mundo.com. (2017). Polémica en Costa Rica por advertencia sobre prendas "provocativas". Recuperado de https://www.elmundo.com/noticia/Polemica-en-Costa-Rica-por-advertencia-sobre-prendasprovocativas-/363849 el 11 de febrero del 2021.

INETV. (2020). El adecuado tratamiento de las personas víctimas para evitar la revictimización. Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=vxl4xY4xsbY el 11 de febrero del 2021.

Mantilla, S, (2015). La revictimización como causal de silencio de la víctima. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/La%20revictimizaci%C3%B3n.pdf el 11 de febrero del 2021.

Milenio. (2017). Por "error", Costa Rica pide a mujeres no vestir provocativas para evitar violaciones. Recuperado de https://www.milenio.com/estilo/error-costa-rica-pide-mujeres-vestir-provocativas-evitar-violaciones el 11 de febrero del 2021.

Pérez, C. (2015). ¿Qué se puede hacer para disminuir la victimización secundaria? Recuperado de https://eltipografo.cl/2015/08/que-se-puede-hacer-para-disminuir-la-victimizacion-secundaria el 11 de enero del 2021.

Voces Feministas. (2019). “El sistema cuestiona permanentemente a las víctimas de violencia sexual” Recuperado de https://vocesfeministas.mx/el-sistema-cuestiona-permanentemente-a-las-victimas-de-violencia-sexual/ el 11 de febrero del 2021.

Voces por la Justicia. (2018). Cuáles son los alcances de la Ley de Víctimas. Recuperado de http://www.vocesporlajusticia.gob.ar/actualidad-ministerio/reglamentacion-ley-victimas/ el 11 de febrero del 2021.

 


miércoles, 10 de febrero de 2021

"EVOLUCION DE LA VICTIMIZACION Y EL CONCEPTO DE REVICTIMIZACIÓN"

Imagen 01: Derecho de las víctimas. (Delgado, s.f). 

En primera instancia, es importante reconocer el concepto de víctima, el cual hace alusión a aquel individuo que ha sufrido consecuencias de un daño, quedando ofendido sea física, psicológica o emocionalmente.

Por ende, a nivel jurídico se entiende como víctima:

A aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo substancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados miembros, incluida la que proscribe, el abuso de poder. (Mantilla, 2015, pág. 2).

Todas las personas que sufren un delito son víctimas de ese hecho, aunque hayan sufrido distintos tipos de daño; ninguna persona está exenta de ser víctima de un acto delictivo. Es por ello, que resulta esencial la prevención primaria, secundaria y terciaria del delito.

Es importante señalar que es gracias a la Criminología y la Victimología que la víctima hoy cumple un papel esencial en el proceso penal, pues en el futuro el único a quien se le debía la atención y se debía de buscar una solución era hacia el infractor.

Algunos de los derechos que resguardan a las víctimas son: Derechos de Información y Trato, Derechos de protección y asistencia, Derechos Procesales… para indagar más sobre este punto puede apoyarse en el siguiente enlace:  https://accesoalajusticia.poder-judicial.go.cr/index.php/derechos-victimas-delito

En breves palabras, en la actualidad el principal enfoque es la protección integral y la solución del problema que manifiesta la víctima. Aunque claro está, que los funcionarios y encargados del cumplimiento de la justicia deben de tener la capacidad de reconocer cuando en efecto la persona que dice ser víctima de “X” hecho está diciendo la verdad; pues hay quienes desean sacar ventaja de los derechos que se la ha asignado. Es lo que comúnmente se conoce como falsa víctima o delito simulado.

Ahora bien, es importante reconocer que es la victimización, la cual se describe como aquel “acto o proceso de convertir a una persona en victima por medio  de la violación de derechos con actos deliberados, o involuntarios, que son dañosos” (Real Academia Española, 2020, párr. 1).

Dicho de otro modo, en el proceso de victimización lo que se pretende es comprender y determinar el conjunto de variables o posibles factores por lo que una persona llega a convertirse o ser seleccionada por el infractor como víctima; lo cual es ejecutado con el apoyo de la Victimología.

Según reconoce Mantilla (2015), existen tres tipos o fases de la victimización, nómbrese:

  • Victimización Primaria: Corresponde al impacto traumático que se desencadena del hecho delictivo.
  • Victimización Secundaria: Encuentro entre la víctima y el sistema jurídico penal (más adelante se hará principal énfasis en esta victimización).
  • Victimización Terciaria: Señalamiento de la sociedad hacia la víctima. Es fundamental el apoyo hacia la víctima, en donde esta logre comprender que el hecho ocurrido no es su culpa y mucho menos debe de existir miedo o vergüenza de expresarlo.

En caso de querer conocer mas sobre la victimización, se recomienda el siguiente video:


Pero, ¿Cuál ha sido la evolución de la victimización? Bueno básicamente, se empieza hablando desde el papel de la víctima en el Derecho Penal Clásico, en donde reconoce que el periodo XVIII la víctima era un testigo silencioso, en donde su opinión no era tomada en cuenta, y las decisiones que se tomaban hacia el delincuente, no era un tema del cual la victima podía ser participe.

Posteriormente, se da la participación de la víctima en la Criminología Tradicional, en donde Lombroso defendió la idea que los delitos eran ejecutados únicamente por la clase baja y que al contrario, quienes tenían clase alta no delinquían. Acto que conllevo a una guerra de desigualdad y aumento de violencia por brechas sociales.

Fue en el siglo XIX cuando empieza el interés hacia la opinión y posición de la víctima y su relación con el autor de los hechos. Sin embargo, bastó un poco tiempo para que esta Criminología Tradicional cayera en el mismo error de la clásica: centrarse más en el infractor y dejar en el olvido al actor pasivo.

Y es así como el no tomar en cuenta a la víctima como tal o tenerla en el olvido conllevo a que el hombre utilizara como medio de defensa la venganza privada y por ello la víctima emplea la fuerza y el poder para defenderse de la persona que le causaba algún daño. Lo cual desencadeno la figura del Talión o el famoso “ojo por ojo, diente por diente”

Toda esta situación conllevó a periodos muy duros hasta que en 1940 con la aparición de la Victimología, se empezar a tomar en cuenta a la víctima; pues la sociedad empezaba a pedir que se aplique la ley en su defensa. Lo cual conllevo a gran cantidad de opositores.

Y es así, como tras varias teorías, luchas y posiciones se llegó a concluir la Victimodogmática, en donde se establece al delincuente como culpable y a la víctima como inocente. Y es así como en la actualidad se trabaja en la reparación de ambos actores; poniendo principal interés en la protección y apoyo hacia la víctima.

Por tanto, se reconoce que la Victimología ha evolucionado históricamente, poniendo a la víctima primeramente en el olvido, luego se aplicó la Ley del Talión y finalmente se llega a conceptos y ciencias que permiten la plena protección y tratamiento hacia los daños victimales.

Y es así como existen oficinas encargadas de proteger a quien han sido afectados por un hecho delictuoso, en el caso de Costa Rica, se reconoce que Oficina de Atención y Protección de la Víctima (OAPVD); la cual le pertenece al Ministerio Público y cuyo fin es la “protección de todas las personas víctimas, testigos y demás sujetos intervinientes en el proceso penal, que se encuentren dentro del ámbito de aplicación de la ley 8720” (Ministerio de Seguridad Publica, s.f, párr. 1).

Lastimosamente, a pesar de los fuertes intentos de la victimización por reducir la aparición de más perjudicados por la violencia social; la realidad es que las personas se están viendo afectadas por un proceso de revictimización. ¿Qué es revictimización?  

Imagen 02: No revictimizar a la víctima. ¿Qué es la doble victimización en los procesos judiciales? (Cenit Psicólogos, 2018). 

Básicamente, se alude a aquel individuo que ha sido víctima de violencia interpersonal en dos o más momentos y aunque está bien dicho; en este caso se hace alusión a la victimización secundaria antes mencionada, la cual recibe el nombre de revictimización y la cual se conoce como aquella que se “deriva de las relaciones de la víctima con las instituciones sociales de servicios sociales, sanitarios, medios de comunicación, jurídicos, entre otros” (Soria, 2006, párr. 4).

En resumen, la revictimización es una forma de violencia que ejercen las autoridades, la sociedad, los medios de comunicación y otras estructuras sociales cuando una víctima denuncia algún delito.

Como ya se mencionó anteriormente, el damnificado cuenta con una seria de derechos, los cuales una vez que se ven trasgredidos por los entes jurídicos o cualquier defensor de la justicia, es cuando surge la revictimización. Algunos ejemplos en los que surge esta situación es:

  • Maltrato por parte de una institución competente, que le niega información.
  • No le se toma en cuenta su opinión.
  • No se informa al agredido del avance del proceso.
  • Desarrollo de interrogantes innecesarias, que hacen que la víctima vuelva a experimentar y recordar lo vivido.

En fin, se reconoce la necesidad de “velar por la integridad de las víctimas, por sus derechos y acompañamiento antes, durante y después del evento agresivo, garantizándoles con ello el cuidado y protección que estas demandan del sistema jurídico-penal” (Mantilla, 2015, pág. 11).

Es decir, que se debe de buscar la manera de promover la des-victimización, el cual corresponde al proceso que busca resolver las secuelas que un acto delictivo haya podido generar en la víctima.

Referencias bibliográficas.

Cenit Psicólogos. (2018). No revictimizar a la víctima. ¿Qué es la doble victimización en los procesos judiciales? Recuperado de https://cenitpsicologos.com/no-revictimizar-a-la-victima-que-es-la-doble-victimizacion-en-los-procesos-judiciales/ el 10 de febrero del 2021.

Delgado, D, (s.f). Derecho de las víctimas. Recuperado de https://sites.google.com/site/delgadoiavaroneddhh/ el 10 de febrero del 2021.

Mantilla, S, (2015). La revictimización como causal de silencio de la víctima. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/La%20revictimizaci%C3%B3n.pdf el 10 de febrero del 2021.

Ministerio de Seguridad Pública. (s.f). Oficina de Atención y Protección a la Víctima (OAPVD). Recuperado de https://ministeriopublico.poder-judicial.go.cr/index.php/servicios-a-la-ciudadania/atencion-y-proteccion-a-la-victima#:~:text=La%20oficina%20de%20Atenci%C3%B3n%20y,aplicaci%C3%B3n%20de%20la%20ley%208720 el 10 de febrero del 2021.

Poder Judicial. ¿Cuáles derechos tienen la víctima de delito? Recuperado de https://accesoalajusticia.poder-judicial.go.cr/index.php/derechos-victimas-delito el 10 de febrero del 2021.

Real Academia Española. (2020). Definición de victimización. Recuperado de https://dpej.rae.es/lema/victimizaci%C3%B3n#:~:text=Gral.,o%20involuntarios%2C%20que%20son%20da%C3%B1osos el 10 de febrero del 2021.

Red Nacional de Refugios A.C. ¿Qué es la revictimización? Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=4l8Ncb0hHV4 el 10 de febrero del 2021.

Soria, M. (2006). Los efectos psicosociales de la revictimización. Recuperado de https://www.justiciaypazcolombia.com/los-efectos-psicosociales-de-la-revictimizacion/#:~:text=La%20revictimizaci%C3%B3n%20es%20el%20conjunto,al%20menos%20dos%20perpetradores%20diferentes el 10 de febrero del 2021.


martes, 9 de febrero de 2021

"CONOZCAMOS SOBRE VICTIMOLOGIA Y PREVENCION VICTIMAL"

Imagen 01. Victimología. (Escuela Internacional de Criminología y Criminalista, sf)

 ¿Qué es Victimología?

Al hablar de Victimología se hace alusión a aquella ciencia que estudia científicamente a la víctima y su papel en el hecho delictivo. Así como, la interacción entre víctima-autor de un determinado delito.

Dicho de otro modo, la Victimología es la “disciplina que se encarga del estudio multidisciplinaria de las peculiaridades, necesidades, situación procesal y protección de la víctima, que se ha independizado de la Criminología” (Real Academia Española, 2020, párr. 1).

Cabe reconocer que el fin último de esta disciplina, es poder brindar un estudio clínico, tratamiento y rehabilitación por parte de especialistas hacia las víctimas y victimarios. Es fundamental tener claro que existen diversos tipos de Victimología, entre las que se destacan: Victimología Clínica, Victimología Criminológica, Victimología Forense, Victimología Penitenciaria y la Filosofía Victimológica.

Parafraseando con Fattah (2014), la Victimología es una rama de la Criminología cuyo objeto de estudio es la victima directa del crimen y en la cual se hace énfasis en aspectos biológicos, sociológicos, psicológicos y criminológicos que conciernen a la víctima. Para saber más sobre el tema puede ingresar a: http://www.nunezdearco.net/victimologia.htm 

Claro está, que esta ciencia ha pasado por todo un proceso de evolución, en donde paso de una Victimología Teórica a una aplicada y es por ello, que hoy en día es vista como una herramienta capaz de recopilar la información para llevar a cabo la reparación, mediación, ayuda y asistencia de las víctimas que han pasado un proceso de victimización.

La Victimología es importante porque no solo se trata de reconocer o identificar a las víctimas, sino de poder determinar el por qué esas personas fueron seleccionadas. Es decir, cuáles fueron los factores u oportunidades que hicieron favorable o posible que el victimario las tomara como “tiro al blanco”. Pues, claro está que ningún infractor actúa al azar, sino que toda actividad delictiva presenta patrones. Es por ello, que gracias a la Victimología se es posible explicar y comprender cada vez más la violencia; esto con el fin de obtener mejores resultados. Es decir, reducir la inseguridad objetiva y subjetiva y trabajar en torno a la prevención delincuencial.

En resumen, quienes cometen un delito lo hacen tras un proceso de toma de decisiones. La Teoría de la Elección Racional del Delito demuestra que los delincuentes hacen un análisis de coste-beneficio de sus delitos, tratando evidentemente de obtener el mayor beneficio al menor coste posible.

Por otra parte y no menos importante es destacar la relación que existe entre la Criminología y la Victimología. En donde en resumen, se puede decir que ambas poseen un interés común; el cual radica en el estudio de los factores que implica el acto delictivo. Por lo que el uso de ambas es un pilar fundamental cuando se trata de la lucha contra la violencia social.

Para conocer mas sobre el tema, se recomienda el siguiente video: 


Tal y como se ha venido mencionando la Victimología, busca la forma de impedir que se produzca un delito, o al menos trata de reducir la frecuencia de la ocurrencia de los mismos. Y esto se hace posible por medio de la prevención victimal, la cual se define como “la aplicación de una serie de medidas modificativas del entorno y de las condiciones de vida de las víctimas potenciales con el objetivo de restringir a su mínimo nivel las oportunidades delictivas” (Collazos, 2006, párr. 9).

Entonces, ¿Cómo puede realizar la prevención victimal?

Primeramente, es importante la identificación de factores de riesgo de la conducta delictiva, tales como aspectos individuales, familiares, sociales, escolares, etc. Y ante la detención de estos factores llevar a cabo el desarrollo de servicios a las personas, en donde están puedan aprender el control de la ira, control del estrés, procesos de mediación, comunicación asertiva...


Imagen 02: Victimas de trata contaran con un protocolo de atención de parte de establecimiento de la Caja. (CRC891, 2019)

Por otro lado, para que un delito ocurra es necesario que se cumpla la Teoría de Oportunidad o bien, el Triángulo del delito (victima, delincuente y ausencia de control). Por ende, el hecho de que las autoridades y la sociedad como tal aprendan a distinguir el por qué el infractor está teniendo ventaja para ejecutar su hecho, es la forma en la que puede desarrollar la prevención victimal.

Es otras palabras, lo que se pretende es poder determinar los puntos calientes de la violencia, lo que conoce comúnmente como focos de delincuencia. En donde, con el análisis de lugares (estratégico) se pretende el desarrollo de un mapeo que permita reconocer aquellas zonas más propensas a que se puedan ejecutar actividades delictivas, tanto a corto como a largo plazo.

Otras formas o medidas que pueden ayudar a prevenir que más personas sean víctimas de delitos son:

  • Mejor y mayor capacitación de las autoridades competentes.
  • Más información sobre del derecho de las víctimas y las consecuencias hacia el infractor. Es decir, que la víctima tenga la posibilidad de hacer valer sus derechos beneficiándose de un recurso justo y eficaz, principalmente para conseguir que su agresor sea juzgado; obteniendo su reparación.
  • Reforzar la importancia del análisis criminológico, no solo para los analistas, sino para todos los encargados de la búsqueda de la paz y la aplicación de la justicia.
  • Capacitación de las autoridades, para que tengan el conocimiento necesario a la hora de tratar a las víctimas.
  • Campañas de concienciación sobre medidas de vigilancia y seguridad
  • Incentivar a las víctimas a la imposición de la denuncia, pues está claro que:

La víctima representa la llave del sistema legal, es la que tiene en sus manos la puesta en marcha del sistema penal, ya que la interposición de su denuncia conlleva la actuación del sistema y la corrección del agresor. Su papel cobra especial importancia en los delitos semipúblicos en los que se exige la formalización de la denuncia para poderlos perseguir. (Collazos, 2006, párr. 11).

En fin, le corresponde a la Victimología seguir estudiando de cerca la figura del victimario y la victima para buscar puntos clave donde incidir; un proceso de cambio que implica a todos los sectores profesionales. Y en donde el ejercicio de la Criminología, no es la excepción. 

Referencias bibliográficas.

Collazos, M. (2006). Capítulo 6. La prevención victimal. Recuperado de http://www.marisolcollazos.es/victimologia/Victimologia-Prevencion-victimal.html#:~:text=En%20definitiva%2C%20podemos%20definir%20la,m%C3%ADnimo%20nivel%20las%20oportunidades%20delictivas el 09 de febrero del 2021.

CRC891. (2019). Víctimas de trata contarán con un protocolo de atención de parte de establecimientos de la Caja. Recuperado de https://crc891.com/victimas-de-trata-contaran-con-un-protocolo-de-atencion-de-parte-de-establecimientos-de-la-caja/ el 09 de febrero del 2021.

Escuela Internacional de Criminología y Criminalista. Recuperado de https://www.eicyc.es/portfolio-items/victimologia/ el 09 de febrero del 2021.

Fattah, E. (2014). Victimología: pasado, presente y futuro. Recuperado de file:///C:/Users/Usuario/Downloads/Victimologia%20Pasado%20Presente%20Futuro.pdf el 09 de febrero del 2021.

Núñez, J. (2008). Victimología. Recuperado de http://www.nunezdearco.net/victimologia.htm el 09 de febrero del 2021.

Real Academia Española. Definición de Victimología. Recuperado de https://dpej.rae.es/lema/victimolog%C3%ADa el 09 de febrero del 2021.

UPV/EHU. (2016) ¿Qué es la Victimología? Recuperado de https://www.youtube.com/watch?v=XI-N0QhQmx0 el 09 de febrero del 2021. 


“CLASIFICACIÓN DOCTRINARIA DE LAS VÍCTIMAS”

  Imagen 01: Aumenta el 15% cifra de víctima del delito. (Estrada, 2018) Primeramente, se reconoce a la víctima como aquel sujeto que sufre ...